REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION
ESPECIALIZACION: EDUCACION ESPECIAL
AULA TERRITORIAL: TUCUPIDO- GUÁRICO.
EJE: ESPECIALIDAD E INTEGRACIÓN DE SABERES.
UNIDAD CURRICULAR: TENDENCIAS ACTUALES EN LA EDUCACIÓN
ESPECIAL
Análisis Crítico de Documentos y
Declaraciones suscritas por la República Bolivariana de Venezuela
Venezuela
en procura de enaltecer los valores y derechos de sus ciudadanos, mantiene muy
en alto su objetivo de procurar el bienestar de todos y todas, bajo todas las
circunstancias necesarias siempre ha estado a la vanguardia de suscribir
convenios que sean de beneficio a la sociedad venezolana, a continuación se
describen algunos acuerdos suscritos para la protección de los niños y niñas en
materia educativa y aspectos relacionados.
TABLA DE LOS DERECHOS DEL NIÑO
Al inaugurar el Instituto Internacional
Americano de Protección a la Infancia en Montevideo, el Ministro de Instrucción
Pública del Uruguay, el 9 de junio de 1927, durante la inauguración del
Instituto Interamericano del Niño fue presentada esta declaración de los
Derechos del Niño. ... "yo entrego a la consideración de todos los hombres
de buena voluntad y de sano corazón esta declaración de los Derechos del Niño,
Tabla de Derechos en cuya observancia reposa el secreto de la grandeza y la
gloria de las naciones y los pueblos". ( Extracto del discurso del Sr.
Ministro de Instrucción Pública, Don Enrique Rodríguez Fabregat – 9 de junio,
1927).
Es
este manifiesto se contemplan derechos esenciales para los ciudadanos
especialmente los niños y niñas, se toman en consideración dentro de los más
importantes: el Derecho a la vida. Suma de todos los derechos por la sola razón
de haber nacido, así como el Derecho a la casa para habitar, a la atención
materna, al reconocimiento obligatorio por el padre; a la Educación, a la
Reintegración del niño al seno de la naturaleza, a una educación especializada;
el Derecho a la nutrición completa, así como el Derecho a la consideración
social.
DECLARACION DE SALAMANCA1974
Esta
declaración esta bajo un marco de acción muy especifico, que versa sobre las
necesidades educativas especiales, el mismo comenzó con la reunión el 07 de
junio de1994 de 300 participantes, de 92 gobiernos y 25 organizaciones
internacionales para firmar el 10 de junio de ese mismo año esta
declaración, donde “Las prestaciones
educativas especiales – problema que afecta por igual a los países del norte y
a los del sur – no pueden progresar aisladamente, sino que deben formar parte
de una estrategia global de la educación y, desde luego, de nuevas políticas
sociales y económicas. Requieren una re forma considerable de la escuela
ordinaria”.
Esta
declaración se basa en la proclamación de que “todos los niños de ambos sexos
tienen un derecho fundamental a la educación y debe dárseles la oportunidad de
alcanzar y mantener un nivel aceptable de conocimientos, cada niño tiene
características, intereses, capacidades y necesidades de aprendizaje que le son
propios, los sistemas educativos deben ser diseñados y los programas aplicados
de modo que tengan en cuenta toda la gama de esas diferentes características y
necesidades, las personas con necesidades educativas especiales deben tener
acceso a las escuelas ordinarias, que deberán integrarlos en una pedagogía
centrada en el niño, capaz de satisfacer esas necesidades”
Esta
declaración busca de esta forma instar a que los gobiernos a esforzarse a
ofrecer las mejores garantías y suplir las necesidades especiales de los niños
y niñas en el plano educativo, para crear proyectos adecuados y fomentar el
intercambio intelectual más beneficiosos
para todos en la educación, proveyendo la participación integrar de padres y
representante, docentes en todos los alumnos y de toda persona con necesidades
especiales.
DECLARACION DE JOMTIEN 1974
La Conferencia de Jomtien representó sin duda
alguna un hito importante en el diálogo internacional sobre el lugar que ocupa
la educación en la política de desarrollo humano; el consenso en ella alcanzado
ha dado renovado impulso a la campaña mundial dirigida a proporcionar una
enseñanza primaria universal y a erradicar el analfabetismo de los
adultos. La Conferencia reunió en
Jomtien a 1.500 participantes el 9 de marzo de 1990. Los delegados de 155
Estados, s o b re todo autoridades nacionales y especialistas de la educación y
de otros sectores importantes, además de los funcionarios y especialistas que
participaron en calidad de representantes de unes 20 organismos
intergubernamentales y de 150 organizaciones no gubernamentales, examinaron en
48 mesas redondas y en sesión plenaria los principales aspectos de la Educación
para Todos.
Esta declaración refleja que cada persona — niño,
joven o adulto—deberá estar en condiciones de aprovechar las oportunidades
educativas ofrecidas para satisfacer sus necesidades básicas de aprendizaje,
como su primer punto u articulo. Esto basado en la universalidad de la
educación y fomentarla equidad en todos su aspectos, por lo que la misma insta
a los participantes en esta declaración “Que el incremento de las posibilidades
de educación se traduzca en un desarrollo genuino del individuo o de la
sociedad depende en definitiva de que los individuos aprendan verdaderamente
como resultado de esas posibilidades, este es, de que verdaderamente adquieran
conocimientos útiles, capacidad de raciocinio, aptitudes y valores”, bajo la
garantía de las condiciones necesarias deaprendizaje.
CONCEPTUALIZACIÓN
Y POLÍTICA DE LA EDUCACIÓN ESPECIAL EN VENEZUELA (1976)
Este título evidencia la preocupación social por la educación especial en Venezuela,
lo que da inicio a un proceso progresivo de inclusión de los ciudadanos al
sistema educativo. La Educación Especial se rige por el concepto amplio de la
educación, sostenido asimismo en la “Revolución Educativa” la cual señala, que
sin desconocer la interdependencia que existe entre la formación y la
instrucción, deberán anteponerse los
fines formativos que conduzcan al sujeto a
conquistar una personalidad autónoma y socialmente integrada.
La educación especial es un área de la educación general que, a través de
métodos y recursos especializados, proporciona educación diferenciada e
individualizada a los sujetos con necesidades especiales. Debe ser impartida
por personal entrenado y a través de contenidos programáticos específicamente
diseñados, permanentes o transitorios. Implica un ámbito tan complejo que
requiere, además de la figura esencial del educador especialista, de la
participación de una gama extensa de disciplinas y la intervención de
profesionales muy variados.
Este trabajo aun cuando data de 1976, tiene vigencia aspectos notables sobre el
propósito de la educación especial y los diferentes principios a considerar
para lograr que las personas con discapacidad se integren al sistema educativo
nacional. Considerando necesario políticas de acción adecuadas para
instrumentar los recursos necesarios para lograr los objetivos generales de la
educación, derribando por así decirlos, diferentes pensamientos contrarios a la
libertad de superación de todas las personas.
CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO 1989
En
el año 2006, la UNICEF en conmemoración de los 60 años de la lucha por la
infancia reproduce una edición actualizada de la Convención sobre los Derechos
del Niño del 20 de noviembre de 1989, con el firme propósito de ser que el
tratado sea internacionalmente reconocido debido a que “era necesaria porque
aún cuando muchos países tenían leyes que protegían a la infancia, algunos no
las respetaban”.
La Convención, a lo largo de sus 54 artículos,
reconoce que los niños (seres humanos menores de 18 años) son individuos con
derecho de pleno desarrollo físico, mental y social, y con derecho a expresar
libremente sus opiniones. Además la Convención es también un modelo para la
salud, la supervivencia y el progreso de toda la sociedad humana. La
Convención, como primera ley internacional sobre los derechos de los niños y
niñas, es de carácter obligatorio para los Estados firmantes. Estos países
informan al Comité de los Derechos del Niño sobre los pasos que han adoptado
para aplicar lo establecido en la Convención.
Esta
convención plantea aspectos sólidos para que los gobiernos firmantes,
garanticen todas las necesidades de los ciudadanos de sus respectivas naciones
con todas las garantías desde su nacimiento, como hogar, crianza, educación,
salud y libertad de pensamiento; como garantes de que los ciudadanos tengas
derecho pleno a la vida y convivencia, donde el Estado debe procurare
instrumentar todo lo necesario para cumplir con los artículos que en él se
especifican.
CONVENCION CONPERSONAS CON DISCAPACIDAD 2006
El texto fue aprobado por la Asamblea General de
las Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006 en su Sede en Nueva York, y
quedará abierto a la firma el 30 de marzo de 2007. La Convención está
supervisada por el Comité de Expertos de la ONU sobre Derechos de las Personas
con Discapacidad.
El propósito de la presente Convención es promover,
proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los
derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con
discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente. Las personas con
discapacidad incluyen a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales,
intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas
barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en
igualdad de condiciones con las demás.
Esta
convención estableció 50 artículos plenos para que las personas con
discapacidad tengan igual oportunidad a la educación, salud, convivencia,
respeto, oportunidades sociales y laborales, y su debido derecho a una
vida con igualdad social, política,
educativa y de salud. Todo ello basado en sus principios especificados en el
artículo 4:
a) El respeto de la dignidad inherente, la
autonomía individual, incluida la libertad de tomar las propias decisiones, y
la independencia de las personas;
b) La no discriminación;
c) La participación e inclusión plenas y efectivas
en la sociedad;
d) El respeto por la diferencia y la aceptación de
las personas con discapacidad como parte de la diversidad y la condición
humanas;
e) La igualdad de oportunidades;
f) La accesibilidad;
g) La igualdad entre el hombre y la mujer;
h) El respeto a la evolución de las facultades de
los niños y las niñas con discapacidad y de su derecho a preservar su
identidad.
DECLARACION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD 2013
Esta
declaración forma parte de la Conferencia de los Estados Partes en la
Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad Séptimo período
de sesiones realizada en Nueva York, 10 a 12 de junio de 2014. Esta declaración
viene a completar el tema de las mesas de trabajos realizadas el año previo,
sobre un estudio de los jóvenes con discapacidad, puntualizando aspectos como
estigma, pobreza, atención de la salud, educación, empleo, inclusión, para de
esta forma establecer medidas futuras para seguir garantizando los mejores
derechos y las mejores condiciones de vida de las personas con necesidades
especiales.
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