jueves, 26 de julio de 2018

DOCUMENTOS Y DECLARACIONES SUSCRITAS POR LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION

ESPECIALIZACION: EDUCACION ESPECIAL

AULA TERRITORIAL: TUCUPIDO- GUÁRICO.



EJE: ESPECIALIDAD E INTEGRACIÓN DE SABERES.

UNIDAD CURRICULAR: TENDENCIAS ACTUALES EN LA EDUCACIÓN ESPECIAL 

Análisis Crítico de Documentos y Declaraciones suscritas por la República Bolivariana de Venezuela


Venezuela en procura de enaltecer los valores y derechos de sus ciudadanos, mantiene muy en alto su objetivo de procurar el bienestar de todos y todas, bajo todas las circunstancias necesarias siempre ha estado a la vanguardia de suscribir convenios que sean de beneficio a la sociedad venezolana, a continuación se describen algunos acuerdos suscritos para la protección de los niños y niñas en materia educativa y aspectos relacionados. 




 TABLA DE LOS DERECHOS DEL NIÑO


    Al  inaugurar el Instituto Internacional Americano de Protección a la Infancia en Montevideo, el Ministro de Instrucción Pública del Uruguay, el 9 de junio de 1927, durante la inauguración del Instituto Interamericano del Niño fue presentada esta declaración de los Derechos del Niño. ... "yo entrego a la consideración de todos los hombres de buena voluntad y de sano corazón esta declaración de los Derechos del Niño, Tabla de Derechos en cuya observancia reposa el secreto de la grandeza y la gloria de las naciones y los pueblos". ( Extracto del discurso del Sr. Ministro de Instrucción Pública, Don Enrique Rodríguez Fabregat – 9 de junio, 1927).


   Es este manifiesto se contemplan derechos esenciales para los ciudadanos especialmente los niños y niñas, se toman en consideración dentro de los más importantes: el Derecho a la vida. Suma de todos los derechos por la sola razón de haber nacido, así como el Derecho a la casa para habitar, a la atención materna, al reconocimiento obligatorio por el padre; a la Educación, a la Reintegración del niño al seno de la naturaleza, a una educación especializada; el Derecho a la nutrición completa, así como el Derecho a la consideración social.







DECLARACION DE SALAMANCA1974
    Esta declaración esta bajo un marco de acción muy especifico, que versa sobre las necesidades educativas especiales, el mismo comenzó con la reunión el 07 de junio de1994 de 300 participantes, de 92 gobiernos y 25 organizaciones internacionales para firmar el 10 de junio de ese mismo año esta declaración,  donde “Las prestaciones educativas especiales – problema que afecta por igual a los países del norte y a los del sur – no pueden progresar aisladamente, sino que deben formar parte de una estrategia global de la educación y, desde luego, de nuevas políticas sociales y económicas. Requieren una re forma considerable de la escuela ordinaria”.

     Esta declaración se basa en la proclamación de que “todos los niños de ambos sexos tienen un derecho fundamental a la educación y debe dárseles la oportunidad de alcanzar y mantener un nivel aceptable de conocimientos, cada niño tiene características, intereses, capacidades y necesidades de aprendizaje que le son propios, los sistemas educativos deben ser diseñados y los programas aplicados de modo que tengan en cuenta toda la gama de esas diferentes características y necesidades, las personas con necesidades educativas especiales deben tener acceso a las escuelas ordinarias, que deberán integrarlos en una pedagogía centrada en el niño, capaz de satisfacer esas necesidades”

     Esta declaración busca de esta forma instar a que los gobiernos a esforzarse a ofrecer las mejores garantías y suplir las necesidades especiales de los niños y niñas en el plano educativo, para crear proyectos adecuados y fomentar el intercambio intelectual  más beneficiosos para todos en la educación, proveyendo la participación integrar de padres y representante, docentes en todos los alumnos y de toda persona con necesidades especiales.



DECLARACION DE JOMTIEN 1974

La Conferencia de Jomtien representó sin duda alguna un hito importante en el diálogo internacional sobre el lugar que ocupa la educación en la política de desarrollo humano; el consenso en ella alcanzado ha dado renovado impulso a la campaña mundial dirigida a proporcionar una enseñanza primaria universal y a erradicar el analfabetismo de los adultos.  La Conferencia reunió en Jomtien a 1.500 participantes el 9 de marzo de 1990. Los delegados de 155 Estados, s o b re todo autoridades nacionales y especialistas de la educación y de otros sectores importantes, además de los funcionarios y especialistas que participaron en calidad de representantes de unes 20 organismos intergubernamentales y de 150 organizaciones no gubernamentales, examinaron en 48 mesas redondas y en sesión plenaria los principales aspectos de la Educación para Todos.

Esta declaración refleja que cada persona — niño, joven o adulto—deberá estar en condiciones de aprovechar las oportunidades educativas ofrecidas para satisfacer sus necesidades básicas de aprendizaje, como su primer punto u articulo. Esto basado en la universalidad de la educación y fomentarla equidad en todos su aspectos, por lo que la misma insta a los participantes en esta declaración “Que el incremento de las posibilidades de educación se traduzca en un desarrollo genuino del individuo o de la sociedad depende en definitiva de que los individuos aprendan verdaderamente como resultado de esas posibilidades, este es, de que verdaderamente adquieran conocimientos útiles, capacidad de raciocinio, aptitudes y valores”, bajo la garantía de las condiciones necesarias deaprendizaje.





CONCEPTUALIZACIÓN Y POLÍTICA DE LA EDUCACIÓN ESPECIAL EN VENEZUELA (1976)


        Este título evidencia la preocupación social por la educación especial en Venezuela, lo que da inicio a un proceso progresivo de inclusión de los ciudadanos al sistema educativo. La Educación Especial se rige por el concepto amplio de la educación, sostenido asimismo en la “Revolución Educativa” la cual señala, que sin desconocer la interdependencia que existe entre la formación y la instrucción, deberán anteponerse los



            Dra. Aline Lampre 



fines formativos que conduzcan al sujeto a conquistar una personalidad autónoma y socialmente integrada.

        La educación especial es un área de la educación general que, a través de métodos y recursos especializados, proporciona educación diferenciada e individualizada a los sujetos con necesidades especiales. Debe ser impartida por personal entrenado y a través de contenidos programáticos específicamente diseñados, permanentes o transitorios. Implica un ámbito tan complejo que requiere, además de la figura esencial del educador especialista, de la participación de una gama extensa de disciplinas y la intervención de profesionales muy variados.

      Este trabajo aun cuando data de 1976, tiene vigencia aspectos notables sobre el propósito de la educación especial y los diferentes principios a considerar para lograr que las personas con discapacidad se integren al sistema educativo nacional. Considerando necesario políticas de acción adecuadas para instrumentar los recursos necesarios para lograr los objetivos generales de la educación, derribando por así decirlos, diferentes pensamientos contrarios a la libertad de superación de todas las personas.




CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO 1989

     En el año 2006, la UNICEF en conmemoración de los 60 años de la lucha por la infancia reproduce una edición actualizada de la Convención sobre los Derechos del Niño del 20 de noviembre de 1989, con el firme propósito de ser que el tratado sea internacionalmente reconocido debido a que “era necesaria porque aún cuando muchos países tenían leyes que protegían a la infancia, algunos no las respetaban”.

La Convención, a lo largo de sus 54 artículos, reconoce que los niños (seres humanos menores de 18 años) son individuos con derecho de pleno desarrollo físico, mental y social, y con derecho a expresar libremente sus opiniones. Además la Convención es también un modelo para la salud, la supervivencia y el progreso de toda la sociedad humana. La Convención, como primera ley internacional sobre los derechos de los niños y niñas, es de carácter obligatorio para los Estados firmantes. Estos países informan al Comité de los Derechos del Niño sobre los pasos que han adoptado para aplicar lo establecido en la Convención.

            Esta convención plantea aspectos sólidos para que los gobiernos firmantes, garanticen todas las necesidades de los ciudadanos de sus respectivas naciones con todas las garantías desde su nacimiento, como hogar, crianza, educación, salud y libertad de pensamiento; como garantes de que los ciudadanos tengas derecho pleno a la vida y convivencia, donde el Estado debe procurare instrumentar todo lo necesario para cumplir con los artículos que en él se especifican.




CONVENCION CONPERSONAS CON DISCAPACIDAD 2006

     El texto fue aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006 en su Sede en Nueva York, y quedará abierto a la firma el 30 de marzo de 2007. La Convención está supervisada por el Comité de Expertos de la ONU sobre Derechos de las Personas con Discapacidad.

El propósito de la presente Convención es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente. Las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.

     Esta convención estableció 50 artículos plenos para que las personas con discapacidad tengan igual oportunidad a la educación, salud, convivencia, respeto, oportunidades sociales y laborales, y su debido derecho a una vida  con igualdad social, política, educativa y de salud. Todo ello basado en sus principios especificados en el artículo 4:

a) El respeto de la dignidad inherente, la autonomía individual, incluida la libertad de tomar las propias decisiones, y la independencia de las personas;

b) La no discriminación;

c) La participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad;

d) El respeto por la diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad como parte de la diversidad y la condición humanas;

e) La igualdad de oportunidades;

f) La accesibilidad;

g) La igualdad entre el hombre y la mujer;

h) El respeto a la evolución de las facultades de los niños y las niñas con discapacidad y de su derecho a preservar su identidad.







DECLARACION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD 2013

            Esta declaración forma parte de la Conferencia de los Estados Partes en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad Séptimo período de sesiones realizada en Nueva York, 10 a 12 de junio de 2014. Esta declaración viene a completar el tema de las mesas de trabajos realizadas el año previo, sobre un estudio de los jóvenes con discapacidad, puntualizando aspectos como estigma, pobreza, atención de la salud, educación, empleo, inclusión, para de esta forma establecer medidas futuras para seguir garantizando los mejores derechos y las mejores condiciones de vida de las personas con necesidades especiales.




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