REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION
ESPECIALIZACION: EDUCACION ESPECIAL
AULA TERRITORIAL: TUCUPIDO- GUÁRICO.
PNFA DE EDUCACION ESPECIAL
EJE DE FORMACIÓN: REFLEXIÓN PEDAGÓGICA
UNIDAD CURRICULAR: CLIMA ESCOLAR Y SSTEMA EDUCATIVO
Sistema Educativo Venezolano. Según la Ley Orgánica de Educación venezolana, en el título II De los Principios y Estructura del Sistema, capítulo I art. 14 el Sistema Educativo Venezolano “es un conjunto orgánico integrador de políticas y servicios que garanticen la unidad del proceso educativo tanto escolar como extraescolar y su continuidad a lo largo de la vida de la persona mediante un proceso de educación permanente”. (p.6)
Bases legales
(L.O.E. Art. 14) El sistema educativo es un conjunto orgánico integrador de políticas y servicios que garanticen la unidad del proceso educativo, tanto escolar como extra escolar y su continuidad a lo largo de la vida de la persona mediante un proceso de educación permanente.
(L.O.E. Art. 16) El sistema educativo venezolano comprende niveles y modalidades. Son niveles: la educación pre-escolar, la educación básica, la educación media diversificada y profesional y la educación superior. Son modalidades del sistema educativo: la educación especial, la educación para las artes, la educación militar, la educación para la formación de ministros del culto, la educación de adultos y la educación extra escolar.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Artículo 102. La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El Estado la asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad. La educación es un servicio público y está fundamentada en el respeto a todas las corrientes del pensamiento, con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática basada en la valoración ética del trabajo y en la participación activa, consciente y solidaria en los procesos de transformación social consustanciados con los valores de la identidad nacional, y con una visión latinoamericana y universal. El Estado, con la participación de las familias y la sociedad, promoverá el proceso de educación ciudadana de acuerdo con los principios contenidos de esta Constitución y en la ley.
Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA) Establece Artículo 53 . Derecho a la Educación: Todos los niños y adolescentes tienen derecho a la educación. Asimismo, tienen derecho a ser inscritos y recibir educación en una escuela, plantel o instituto oficial, de carácter gratuito y cercano a su residencia
Niveles y modalidades
Niveles
Educación Inicial Bolivariana. Brinda atención integral al niño y la niña entre cero y seis años de edad, lo prepara y forma a fin de garantizar la continuidad pedagógica afectiva en el subsistema de Educación Primaria Bolivariana. Su finalidad es iniciar la formación integral de los niños y las niñas entre cero (0) y seis (6) años de edad, en cuanto a hábitos, habilidades, destrezas, actitudes y valores basados en la identidad local, regional y nacional, mediante el desarrollo de su potencial creativo y el pleno ejercicio de su personalidad en formación, atendiendo a la diversidad e interculturalidad.
Educación Primaria Bolivariana. Garantiza la formación integral de los niños y las niñas desde los seis (6) hasta los doce (12) años de edad, aproximadamente, o hasta concluir el sexto grado, último de los seis que comprende la Educación Primaria. Su finalidad es formar niños y niñas, activos, creativos, reflexivos, críticos e independientes, que sean cada vez más participativos, protagónicos y corresponsables en su actuación en la escuela, familia y comunidad; con sentimientos de amor y respeto en sus diferentes manifestaciones hacia la Patria.
Educación Secundaria Bolivariana. Centra su atención en la formación integral de la adolescencia y la juventud, aproximadamente entre los 11 y 19 años de edad. Comprende dos tipos de instituciones: el Liceo Bolivariano y la Escuela Técnica Robinsoniana y Zamorana. La finalidad del Liceo Bolivariano es lograr la formación integral de las y los adolescentes y jóvenes dirigida al desarrollo endógeno en los campos de las ciencias naturales, exactas y humanísticas que los prepare para ingresar a la Educación Superior, con una adecuada orientación vocacional y formación para la vida.
Modalidades
Educación Especial. La educación especial es el proceso integral, permanente, continuo, sistemático, interdisciplinario y multifactorial que garantiza la atención educativa integral de las personas con necesidades educativas especiales, desde el nacimiento o desde el momento de la detección de la situación de riesgo o de la necesidad especial hasta la adultez, que por sus características físicas, intelectuales o emocionales comprobadas, sean de tal naturaleza o grado, serán atendidos en los Planteles y Servicios en la Modalidad de Educación Especial.
Educación de Adultos. La Educación de Adultos constituye una modalidad de atención educativa integral, abierta, flexible, participativa y democrática; dirigida a las personas mayores de 18 años que aspiran a continuar, perfeccionar o concluir estudios en el Sistema Educativo Bolivariano desde el nivel Básico Primaria de Educación Primaria hasta el nivel de Educación Universitaria. Asimismo impartirá capacitación en, por y para el trabajo productivo y liberador.
Educación Estética y para las Artes. Está concebida como un proceso educativo especializado, dentro del Sistema Educativo Bolivariano, orientado a las personas cuya vocación, aptitudes e intereses estén dirigidos al arte, facilitándoles las condiciones educativas pertinentes, para lograr el pleno desarrollo de sus potencialidades. Así como incentivar actividades estéticas que propicien la formación académica y técnica propia de las diferentes disciplinas.
Educación Cívico – Militar. Se fundamenta en los principios, fines y normas establecidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; estará dirigido a la formación profesional de carrera en lo civil – militar de la Fuerza Armada Nacional. Se regirá por disposiciones especiales que a los efectos se dicten.
Educación Rural. La Educación Rural está orientada al logro de la formación integral del individuo en el contexto de valores de identidad local, regional y nacional, para propiciar mediante su participación protagónica, el arraigo a su hábitat, facilitando el desarrollo de habilidades y destrezas de acuerdo a las necesidades de la comunidad en el marco del desarrollo endógeno y en correspondencia con los principios de seguridad de la nación.
EJE: ESPECIALIDAD E INTEGRACIÓN DE SABERES
UNIDAD: ATENCIÓN EDUC. INTEGRAL EN LA MODALIDAD DE EDUC.
La Atención Educativa Integral por Áreas de Atención: AUTISMO
El Autismo es un trastorno grave de comunicación y conducta de la infancia, que se desarrolla antes de los tres años de edad. El niño autista es incapaz de utilizar el lenguaje con sentido o de procesar la información que recibe del medio (Ministerio de Educación, 1997). Además, el autista presenta marcado compromiso en el establecimiento de relaciones sociales, junto a un cuadro heterogéneo de características que abarcan: rutinas, juegos repetitivos y estereotipados, rituales compulsivos, todo lo cual origina una marcada desviación o disarmonía evolutiva (es la variación normal del desarrollo, o insuficiencia de ciertas funciones, habilidades o destrezas a lo largo del mismo). Esto significa que existe una adquisición normal de los procesos integrados del desarrollo pero a una edad desfasada.
La atención educativa en el área de autismo ha vivido procesos de transformación significativos, desde la puesta en marcha de la conceptualización y política para el área en 1997. De esta forma, se plantea que “el autismo es una condición de origen neurológico y de aparición temprana que puede estar asociado o no a otros cuadros. La persona con autismo presentan como características, dentro de un continuo desviaciones en la velocidad y secuencia del desarrollo, desviaciones en la relación social, desviaciones en el lenguaje y la comunicación, además de problemas sensoperceptivos y cognitivos que ocasionan rutinas, estereotipias, resistencia al cambio e intereses restringidos, todo lo cual interfiere en su interacción con las otras personas y con el ambiente” (ME 1997).
En Venezuela, el Autismo se considera como un área de atención dentro de la modalidad de Educación Especial, la cual se encarga de ofrecer un espacio a la población que presenta esta condición. La ley de autismo en Venezuela, fue aprobada de manera unánime en la Asamblea Nacional del país, cuando se realizaba la primera discusión acerca de la misma, de esta manera grupos de padres, Asociaciones para personas con Autismo, presentaron el proyecto Ley De Atención Integral y Protección para las Personas con Trastornos del Espectro Autista y Condiciones Similares.
La atención educativa más adecuada para la personas con autismo, no puede partir solo del referente cronológico, hay que tomar en cuenta el nivel de severidad de sus características, la edad cronológica y el nivel de desarrollo evolutivo alcanzado. Por lo que se comienza con evaluación integral realizada por el un equipo interdisciplinario (Psicólogo, maestro especialista, médico psiquiatra y trabajador social), la cual proporciona el perfil evolutivo del educando, denotando sus potencialidades, habilidades y destrezas en cada una de las áreas de desarrollo, de igual forma se toman en consideración necesidades específicas y conductas problemáticas presentada por este, con el fin de establecer una visión integral del educando con autismo.